Cancela tus deudas
Vuelve a empezar de cero. Guía Ley de la Segunda Oportunidad 2023.
Si hace ya tiempo que no estás al corriente de pago y ves que eres incapaz de hacer frente a tus deudas, sigue leyendo. En esta entrada, escrita por abogados expertos en la Ley de la Segunda Oportunidad en Zaragoza encontrarás toda la información necesaria gracias a nuestra guía para la Ley de la Segunda Oportunidad con la que podrás superar una situación muy complicada y obtener la oportunidad de comenzar de nuevo y obtener el perdón de deudas.
La opción de la segunda oportunidad permite cancelar deudas a personas físicas y particulares con las administraciones públicas que cumplan una serie de requisitos , hasta un cierto punto.
Te vamos a presentar nuestra guía sobre la Ley de la Segunda Oportunidad en Zaragoza con todas las novedades para 2023, un mecanismo legal que permite la cancelación total de las deudas contraídas y del que muchas personas se están beneficiando y les está permitiendo salir a flote.
Gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad , particulares y autónomos pueden renegociar o eliminar de manera parcial o total sus deudas, haciendo posible remontar una situación de endeudamiento excesivo sin dejar de lado el derecho al cobro de nuestros acreedores.
En resumen, podremos solicitar la cancelación de todas nuestras deudas y la persona que se acoja podrá comenzar de nuevo . En el caso de los autónomos podrán ser deudas provenientes de su actividad empresarial.
No solo eso, sino que además, gracias a la segunda oportunidad resulta posible mantener todo nuestro patrimonio. Es importante conocer que aunque las deudas desaparecen, en caso de que los acreedores lo soliciten, y con un plazo máximo de cinco años, el juzgado podrá revisar el caso y reabrirlo.
Este supuesto suele ocurrir para aquellos casos en los que haya sospechas de que el deudor no haya obrado de buena fe o si recibe un dinero imprevisto, o haber sido agraciado con algún premio o herencia y no comunicarlo.
Para aquellos casos en los que dentro del plazo marcado hubiera cambios en su situación económica, sería posible revocar la exoneración de las deudas que tuviera.
A lo largo de este artículo te ofrecemos una detallada información sobre la Ley de Segunda Oportunidad. Nuestro conocimiento de la misma es la principal razón por la que podemos ayudarle, somos un despacho de abogados especializado en la ley de la Segunda Oportunidad en Zaragoza y así obtener el perdón de deudas que tuvieras y empezar una nueva vida .
Son muchos los particulares y autónomos que ya se han beneficiado de cancelar sus deudas de manera mucho más asequible y pueden vivir sin deudas.
Resumiendo podemos determinar que todo deudor que lo sea de buena fe dentro del marco de los concursos de acreedores finalizados por liquidación o por insuficiencia de la masa activa disponible podrá conseguir el perdón de todas sus deudas que estuvieren insatisfechas.
Si quieres conocer el mecanismo con el que cancelar las deudas tanto para particulares como para autónomos , consiguiendo así un nuevo comienzo , junto con los requisitos para acogerse al mismo, pincha sobre el botón de debajo.
Para todas aquellas personas que nos lo soliciten, ofrecemos una rápida asesoría personalizada por expertos y solucionaremos todas tus dudas. No lo pienses más y pasa a formar parte de nuestros casos de éxito.
Somos abogados especialistas en la Ley de la Segunda Oportunidad en Zaragoza
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¿Sabes si puedes acogerte y beneficiarte de esta ley?
Somos un despacho de abogados especialistas en la Ley de Segunda Oportunidad. Es muy posible que hayas oído hablar de la Ley de la Segunda Oportunidad pero no tengas conocimiento real ni sobre qué es ni sobre quién puede acogerse a ella. Te solucionamos todas tus dudas.
Continúa navegando por nuestra web y encontrarás respuesta a algunas de las preguntas más frecuentes. Una vez hayas leído todo el artículo si quieres contratarnos como abogados expertos en segunda oportunidad en Zaragoza, contacta con nosotros.
¿Qué es la ley de la segunda oportunidad?
Como bien dice su nombre es una ley con la que se pretende dar una segunda oportunidad a quién sea capaz de cumplir con sus deudas tratando a su vez de salvar también el derecho al cobro que tienen los acreedores. Si queréis conocer la Ley en detalle podéis hacerlo en el siguiente enlace
Ley de la Segunda OportunidadPor ello podemos decir que con la Ley de la Segunda Oportunidad se pretende proteger tanto a aquellas personas que se encuentren en una situación delicada (insolvencia o quiebra) protegiendo a su vez a los acreedores de los mismos.
¿Quiénes pueden acogerse?
La segunda oportunidad es una Ley que está pensada para que puedan acogerse tanto particulares como autónomos que no puedan hacer frente a las deudas que hubieran contraído, no siendo válida para las empresas, ya que el mecanismo para estas se encuentra recogido en los concursos de acreedores. Los particulares deberán empezar el trámite ante notario y los autónomos en el Registro Mercantil o Cámara de Comercio.
Es decir, que aunque una persona física puede ejercitar su derecho de acudir a un concurso de acreedores, para cancelar sus deudas, esta ley está pensada para ayudar a aquellos particulares que se encuentren en situación de insolvencia, no pudiendo por ello hacer frente a sus obligaciones de pago.
¿Cuáles son los requisitos?
Al hablar de segunda oportunidad tenemos que introducir el término buena fe para la cancelación de todas las deudas salvo las legalmente no exonerables . La Ley de segunda oportunidad viene a ayudar a aquella persona que actuando de buena fe no pueda hacer frente a las deudas contraídas, lo que conocemos como deudor de buena fe.
Deberá de probar una serie de cosas, como que el concurso no es culpable, que no haya sido condenado por delitos socioeconómicos , patrimoniales o de falsedad documental o que no haya mentido sobre la situación de insolvencia entre otros .
Para poder acogernos a la Ley de la Segunda Oportunidad en Zaragoza tenemos que saber que se va a mirar nuestro historial crediticio. Como ya hemos comentado esta ley se ha creado para ayudar a aquellas personas físicas que atraviesan una situación complicada pero que esta se ha producido por causas ajenas a ellas.
Los requisitos que exige la ley y resultan imprescindibles para poder acogernos a la Ley de la Segunda Oportunidad en Zaragoza son los siguientes :
-Deberemos de demostrar que somos insolventes y que no tenemos patrimonio suficiente para responder con él a nuestras deudas. Una situación de sobreendeudamiento no será válida para acogernos a esta ley.
-Actuar de buena fe. Tendremos que demostrar que somos deudores de buena fe, para lo cual no podrá haber sido declarado culpable en una sentencia de concurso de un tercero.
-Un punto de especial importancia para la segunda oportunidad es el de que tampoco podremos haber sido condenado en sentencia firme por delitos económicos o patrimoniales contra el orden socioeconómico, por falsedad documental contra la Hacienda pública, la Seg. Social o cualquier otra de las Instituciones Públicas.
-Para poder acogernos no podremos superar los 5 millones de euros en deudas ni habernos acogido al beneficio de segunda oportunidad en los diez años anteriores.
-Además, se han derogado algunas disposiciones dentro de la segunda oportunidad que estaban vigentes, no siendo ya necesario haber intentado previamente un acuerdo extrajudicial de pagos.
Tampoco será ya necesario demostrar que no hemos rechazado una oferta de trabajo en los últimos cuatro años anteriores a la declaración del concurso .
-Por último, se ha producido una reducción de diez a cinco años entre la solicitud de exoneración y la misma exoneración concedida previamente al mismo deudor.
Si por el contrario las personas proporcionaron información falsa o se comportaron de manera temeraria, será un juez el que evaluará la información patrimonial suministrada entre otras cosas.
Si cumplimos con todos estos requisitos, será un Juez quién tendrá que confirmar la cancelación de nuestras deudas, no teniendo que acudir a ningún juicio.
¿Cómo está regulada esta ley?
Podemos encontrar reglamentación sobre la Ley de la Segunda Oportunidad en varias leyes :
–Ley 25/2015 de 28 de julio, mecanismo de segunda oportunidad y reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social de fecha 30 de julio de 2015
–Ley Concursal, que posteriormente ha sido modificada por la Ley 16/2022 con fecha 5 de septiembre, en vigor desde el 26 del mismo mes, con excepción de una parte que trata sobre los aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias de la AEAT , y que entrará en vigor en enero de 2023.
–Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de cargas financieras y otras medidas de orden social.
¿Cómo puedo solicitarla? ¿ Es sencillo?
Si te estás planteando cómo puedes acogerte a ella, tienes que saber que estamos hablando de un proceso que no resulta sencillo, sino largo y complicado, siendo la mejor solución si no podemos hacer frente a nuestras deudas.
Tendremos que elegir antes de iniciar el procedimiento si liquidar todo nuestro patrimonio para pagar las deudas que tengamos, pudiendo entonces presentar el acuerdo extrajudicial del plan de pagos, o si queremos mantener nuestra vivienda, acudir a un plan personalizado.
Uno de los requisitos que nos piden para acogernos a la ley de la segunda oportunidad es el de tener deudas con al menos dos acreedores diferentes aunque estén al corriente de pago, como entidades financieras, Hacienda…
Como ya hemos dicho, no es suficiente con estar sobreendeudado , sino que deberemos de ser insolventes, además de haber llegado a esta situación de buena fe .
Solo así podremos acogernos a la Ley de la Segunda Oportunidad en Zaragoza y podremos cancelar nuestras deudas salvo aquellas que por ley no se permitan(la pensión de alimentos sirva como ejemplo). Si nos encontramos con el segundo supuesto hablaríamos de una cancelación parcial de nuestras deudas.
Actualmente no resulta necesario tratar de conseguir un acuerdo de manera extrajudicial, pudiendo acudir directamente a los juzgados. Esto nos ofrece la gran ventaja de no tener que perder tiempo y dinero para tratar de llegar a una solución previa al concurso que es posible que no se consiga.
Si la ponemos en marcha, conseguiremos parar tanto los embargos como los procesos de reclamación de deudas, y al acabar el proceso saldremos de los procesos de morosidad en los que estemos involucrados.
¿Cuánto dura todo el proceso?
Varios son los factores que determinan la duración del proceso de segunda oportunidad, como son la saturación del juzgado correspondiente, el total de bienes a liquidar del deudor y la complejidad del caso.
Atendiendo a estos tres factores, podemos indicar que el tiempo puede oscilar sobre los 3 meses para los casos más sencillos hasta más de un año si la complejidad aumenta, siendo 18 meses el plazo máximo fijado por la Ley.
Durante este tiempo no se podrá ni reclamar las deudas ni embargar los bienes del deudor. Con la aplicación de la Ley de la Segunda Oportunidad conseguimos un acortamiento de los plazos y un importante ahorro.
Sin duda una de las ventajas más importantes para el deudor es que durante el tiempo que dura el procedimiento de la segunda oportunidad no se le podrán ni embargar sus bienes ni reclamarles sus deudas, proporcionando al deudor tiempo suficiente para arreglar su situación.
Para poder reunir toda la documentación necesaria y presentar la solicitud de la Ley de Segunda Oportunidad no deberíamos de demorarnos más de 30-45 días.
Con la aprobación de la reforma ya no es necesaria la presencia de Notaría ni de Cámara de Comercio ni Registro , además de no ser necesario nombrar mediador pasando el procedimiento directamente al Juzgado Mercantil.
Como ya hemos apuntado, dependerá de la saturación del Juzgado , entre otras circunstancias además de la cantidad de bienes que haya que liquidar y la complejidad de cada caso , lo que determinará la duración del proceso judicial.
Pros y contras de la ley de la Segunda Oportunidad en Zaragoza.
¿Cuáles son las principales ventajas y cómo funciona la segunda oportunidad en Zaragoza ? Vamos a verlas. A continuación hablamos de las ventajas que nos ofrece, siendo la principal de todas como ya hemos dicho el poder empezar de nuevo sin deudas.
Ventajas
Dos son las principales medidas que introduce la segunda oportunidad, el acuerdo extrajudicial de pagos y el beneficio de exoneración. Con el primero tratamos de renegociar la deuda buscando un acuerdo que permita hacer frente a la misma mediante quitas o aplazamientos, tratando de llegar a un acuerdo con tus acreedores.
Si los acuerdos extrajudiciales fracasan, entra en juego el beneficio de la exoneración, con el que podríamos librarnos del total o de parte de la deuda, siendo un juez el que deberá de determinar la exoneración de deudas.
Además, gracia a la ley de la segunda oportunidad podremos cancelar hasta el cien por cien de nuestras deudas, si cumplimos con los requisitos. Esto nos permitirá poner en orden nuestras finanzas.
Otro asunto que no resulta menor es el de nuestra salida de los ficheros de morosidad y de los informes de riesgos financieros. Simplemente con esta opción el deudor ve mejorada considerablemente su situación.
Desde septiembre de 2022 ya no resulta necesario que seamos nosotros mismos como deudores los que solicitemos que se cancelen nuestros datos de los registros de morosidad, sino que son ya los propios Juzgados los que de oficio exigen a los acreedores la eliminación de todos los datos de lugares como el RAI o ASNEF.
En cuanto obtengamos la salida de los ficheros de morosos y cancelemos nuestras deudas, usted podrá volver a solicitar préstamos , créditos o tarjetas de crédito, los cuales muy probablemente nos serán concedidos gracias a la oportunidad ofrecida por la Ley de la Segunda Oportunidad.
Además quedarán suspendidas tanto el pago de deudas como las cuotas mensuales que tuviésemos que abonar a nuestros acreedores. Consecuentemente quedarán paralizados también tanto los intereses como los recargos de los mismos, y como explicamos algo debajo los embargos y ejecuciones.
Si el proceso de segunda oportunidad no tuviera éxito, intereses y recargos quedarían paralizados, no generándose sobre el total de la deuda. Asimismo no se podrían reclamar judicialmente.
Tanto los embargos como las ejecuciones que tuviésemos pendientes quedarían suspendidas. Deberemos de solicitar el levantamiento del embargo o que nos devuelvan aquellas cantidades que se nos hubiesen embargado, si se hubiese producido este hecho.
Otras ventajas de los mecanismos de segunda oportunidad son las de poder mantener nuestra vivienda habitual, no siendo necesaria la liquidación de patrimonio y la cancelación de deudas con un máximo de 10 .000 euros tanto con la Seguridad Social como con la Agencia Tributaria.
Desventajas
Aparte del ya mencionado límite de 10.000 euros a cancelar tanto con la Seguridad Social como con Hacienda, no podremos exonerar las deudas referentes ni a los salarios de nuestros trabajadores ni las pensiones de alimentos de nuestros hijos, caso de haberlas.
Además tampoco permite cancelar ni los créditos privilegiados ni los créditos generados al declarar el concurso.
La Ley de la Segunda Oportunidad parte del supuesto de buena fe. En caso de actuarse de mala fe, el juzgado podría revisar nuestro caso si nuestros acreedores así lo solicitaran, habiendo para ello un plazo de cinco años. También podrá revocarse si hay un cambio en la situación financiera del deudor.
Otra importante desventaja de la segunda oportunidad es la de que se podrán suspender nuestras facultades para administrar nuestro patrimonio. Si esto llegara a suceder podríamos disponer tan solo de aquella cantidad que el Juez estime como necesaria para nuestro sustento mensual.
Los datos del deudor pasarán a formar parte del Registro Público Concursal y podrán ser consultados por cualquiera que lo solicite. Aparecerán también junto con el acuerdo de pago o el concurso, según sea el caso.
¿Qué ocurre con las deudas con Hacienda y con la Seguridad Social?
Aunque inicialmente no era posible, una sentencia del año 2019 del Tribunal Supremo permite a todos aquellos que se acojan a la Ley de Segunda Oportunidad beneficiarse de exoneraciones de hasta el 70 por ciento de las deudas que tengas tanto con hacienda como con otras administraciones, pudiendo aplazarse el resto de pago hasta cinco años.
Podremos cancelar como máximo 10 000 euros de deuda tanto con la Seguridad Social como con Hacienda. Los primeros 5.000 euros deben de cancelarse de manera íntegra y en adelante el 50 por ciento hasta el total de límite establecido. El resto de las cantidades restantes deberán someterse al plan mencionado.
Una de las principales ventajas de la segunda oportunidad es que con esta opción el deudor puede eliminar este tipo de deudas públicas.
Otro tipo de deudas que tampoco podremos cancelar son las deudas por responsabilidad civil extracontractual o derivadas de delitos.
¿ Y con mi vivienda habitual?
Aunque la norma dice que deberán de liquidarse todos los bienes, si nuestra vivienda familiar se encuentra hipotecada no tendremos que hacerlo, siempre y cuando no tengamos ninguna cuota de nuestra hipoteca pendiente y que el valor de la hipoteca sea igual o inferior a la cantidad que tengamos pendiente de amortizar de la misma.
Como ya hemos apuntado con anterioridad, si optamos por salvar la vivienda en la que residimos , deberemos de acudir a una planificación . El máximo de tiempo para poder acogernos a este plan será de un máximo de cinco años sin intereses .
Si llegara a ejecutarse la hipoteca , la Ley de la Segunda Oportunidad posibilita que para aquellos casos en los que el deudor no disponga de más patrimonio, pueda ver exoneradas el total de sus deudas pendientes en el momento que entregue su vivienda.
Gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad el deudor puede decidir si mantiene su patrimonio o lo liquida, siempre y cuando ningún acreedor se oponga al plan de pagos y solicite al Juez la liquidación del patrimonio del deudor.
¿Cuáles son los pasos a seguir?
Para poder empezar con todo el proceso de la Ley de la Segunda Oportunidad en Zaragoza deberemos de dirigir una solicitud lo más detallada y clara posible al Juzgado de lo Mercantil . En ella deberemos declarar sobre la situación de la persona que quiere acogerse a la Ley.
El escrito deberá de ser como ya hemos dicho, lo más detallado posible y en él se deberá de hablar sobre la situación del deudor, el cumplimiento de los requisitos, qué tipo de insolvencia presenta además de decir de qué tipo de ingresos dispone.
Cuando tramitemos la solicitud deberemos asimismo de aportar toda la documentación necesaria, en la que debe de quedar suficientemente acreditada la situación personal del deudor y las posibilidades de pago de las que dispone.
Resulta muy importante para solicitar la ley de la segunda oportunidad en Zaragoza elaborar esta solicitud de manera correcta y con toda la información, ya que si no lo hacemos así podría ocurrir que no nos la admitieran.
Mucha es la documentación que deberemos de presentar. No te vamos a poner toda la lista porque es amplia, pero aparte de afirmar que cumples los requisitos, y a modo de resumen, por mencionar tan solo algunos de los más importantes son :
- Qué tipo de insolvencia tenemos
- Cómo hemos llegado a esa situación de insolvencia.
- La cantidad total aproximada que debemos.
- Las cuentas bancarias que tenemos.
- Los bienes y derechos de los que dispones.
- Si tenemos un acuerdo extrajudicial con los acreedores o de refinanciación.
- Nuestro inventario de bienes y derechos.
- El capital mobiliario del que disponemos.
- Los bienes inmuebles de los que somos titulares junto con documentos justificativos de garantías reales o personales, en caso de haberlas.
- Los contratos en vigor que tengamos
- Aquellos gastos mensuales que preveamos.
Una vez hecho esto empezará la fase judicial de la Ley de Segunda Oportunidad en la que el deudor podrá elegir entre dos posibilidades. O bien liquidar activos o si decide no liquidarlos, presentar un plan de pagos.
El hecho de elegir un plan u otro no significa que tengamos que llevarlos a cabo hasta el final, pudiendo ser canjeables, y pasar de una modalidad a otra según nos interese.
Exoneración por medio de un plan de pagos.
Es la opción ideal para todos aquellos acreedores que lo que pretendan sea mantener la vivienda habitual, además de sus activos empresariales si los tiene. La exoneración del pasivo suele ser uno de los principales factores del deudor insolvente para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.
Para poder optar al bepi (beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho) se deberá cancelar en principio una parte del total de la misma además de comprometerse a cancelar el resto mediante el plan mencionado en un período comprendido de 3 a 5 años.
Si presentamos el plan se trasladará nuestra propuesta a los acreedores por mediación del letrado de la Administración de Justicia, pudiendo estos hacer las alegaciones que consideren pertinentes en la relativo a la concurrencia de los presupuestos y sobre los requisitos legales a cumplir. Para ello dispondrán de un plazo de diez días.
Al finalizar este plazo y una vez presentadas las alegaciones si las hubiera, será el Juez el que concederá la exoneración de la parte del pasivo insatisfecho, además de aprobar el plan de pagos en los términos que se hubieran propuesto o tras realizar aquellas modificaciones que estimase oportunas.
Por último, si transcurre el plazo que se hubiere acordado para el plan de pagos y no se ha revocado la exoneración, empezará la segunda etapa ya que el Juez dictará en un auto la exoneración pasivos insatisfechos o perdón de deudas.
Exoneración por medio de liquidación.
Si optamos por esta opción podremos confirmar la liquidación de nuestras deudas por medio de nuestro patrimonio, figura que conocemos como exoneración con liquidación. Obvia decir que puedes cancelar todas las deudas salvo aquellas que no sean exonerables.
Tras elegir la opción de liquidar los bienes de nuestro patrimonio viene una segunda fase, la del concurso consecutivo, en el que pediremos la cancelación de todas nuestras deudas que se extienden a todos los créditos concursales y en contra de la masa.
El concurso consecutivo se utiliza cuando no se consigue un Acuerdo Extrajudicial de Pagos. Ante él hay las siguientes opciones a) acreedores que se niegan a negociar b) acreedores que no aceptan la propuesta. c) Tras aprobar el dicho acuerdo de pagos, éste no es cumplido por el deudor
El concurso consecutivo deberá ser siempre tramitado ante el juez concursal, abandonando así la negociación para acceder a la vía judicial.
¿Qué coste tiene esto para mí?
Pero esto, ¿ cuánto cuesta? La pregunta cuánto cuesta se repite como es normal cada vez que hablamos de la ley segunda oportunidad en Zaragoza. Con la actual reforma concursal ya no es necesario acudir a ciertos lugares como se hacía con anterioridad, como son la Notaría, la Cámara de Comercio o el Registro Mercantil , ni tampoco es necesario nombrar mediador concursal . Simplemente con esto ya ahorraremos una cantidad que puede resultar superior a los 1.000 euros.
En España cada abogado tiene libertad para fijar sus honorarios, los cuales oscilarán según ciertos factores como la especialización, años de experiencia… en cantidades que van de los 2 000 a los 10 .000 euros.
Nosotros tratamos cada caso de manera individual con nuestros clientes y ofrecemos un presupuesto y forma de pago que las personas interesadas en trabajar con nosotros deben aceptar.
Lo cierto es que el coste para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad en Zaragoza no es en principio económico, pero sí que nos puede resultar sumamente beneficioso si al final podemos acogernos de cara a empezar una nueva vida.
¿Quieres cancelar tus deudas?
Esperamos que te hayan quedado claros todos esos conceptos que quizás nadie te había explicado. Ahora ya sabes que gracias a esta nueva ley es posible cancelar todas tus deudas.
Todas aquellas personas que nos contactan por este asunto nos preguntan ¿funciona la Ley de Segunda Oportunidad? La respuesta es si, siempre y cuando cumplas con los requisitos.
Contáctanos si quieres que empecemos los trámites. Te atenderá un abogado experto en derecho concursal. Esta persona te dirá si puedes acogerte a la segunda oportunidad y cuáles son tus posibilidades. Hay muchos motivos por los que alguien interesado en acogerse a la segunda oportunidad debería escogernos.
Somos un despacho especializado en el que te ayudaremos con los trámites para la Ley de la Segunda Oportunidad. Tramitamos la exoneración de tus deudas y en caso de ser necesario el concurso consecutivo.
Aprovéchate de las ventajas que hay actualmente gracias a la reforma de 2022 en la Ley de Segunda Oportunidad en Zaragoza, con la que se acortan los plazos, se facilita el procedimiento y se ahorra dinero. Aprovecha nuestra consulta gratuita. Ponte en contacto con nuestro despacho especializado en la segunda oportunidad en Zaragoza.
Estudiamos cada caso y siempre que se cumplan con los requisitos aconsejamos acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad evitando de esta manera pagar las deudas inasumibles y volver a empezar.
Si todavía tienes dudas acerca del funcionamiento de esta ley puedes llamarnos al 606 01 20 96 o si prefiere que nos pongamos en contacto con usted puede dejarnos su nombre y teléfono pinchando en el botón de debajo y uno de nuestros abogados especializados en cancelación de deudas te llamará.